domingo, 20 de octubre de 2013

CONOCE EL PROYECTO DE LEY DE SEMILLAS QUE SERÁ DISCUTIDO EN LA ASAMBLEA NACIONAL

La Asamblea Nacional llevara a Primera Discusión el Proyecto de Ley de Semillas, esta primera discusión esta pautada para el martes 22 de Octubre http://www.asambleanacional.gov.ve/noticia/show/id/5155

El proyecto de Ley de Semillas   que será presentado en primera discusión este próximo 22 de octubre tiene GRAVES MEDIDAS que:


1. Reconocen los Derechos de Propiedad Intelectual sobre la semilla: (artículos 5 y 6) Este proyecto reconoce como valor al DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL, base fundamental para la PRIVATIZACIÓN DE LA SEMILLA. Reconoce los DERECHOS DE OBTENTOR: que están controlados por la Unión de Protección de Obtentores Vegetales (UPOV) que permite los derechos de exclusividad y cobro de regalías sobre las semillas para investigadores y empresas. Es una forma de privatización de la naturaleza que atenta contra la Soberanía Alimentaria.

"LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN PLANTAS ES UN ROBO QUE ATENTA CONTRA BIENES COMUNES ESENCIALES PARA LA VIDA" GRUPO ETC, CHILE

Establecen fuertes Regímenes de Inspección, Fiscalización y Supervisión para la semilla campesina y Establece Multas (artículos: 56,60, 74 y 75) a un conjunto de prácticas entre las cuales pueden encontrarse las PRÁCTICAS TRADICIONALES DE INTERCAMBIO DE SEMILLAS. La fiscalización, inspección y multas que establece el proyecto de ley de semillas a la semilla campesina criminalizan prácticas tradicionales de intercambio de semillas, que son la base de la soberanía alimentaria.

3 Permite la LEGALIZACIÓN DE SEMILLAS GENÉTICAMENTE MODIFICADAS (TRANSGÉNICOS)(artículo 34)  a través de certificados de INOCUIDAD BIOLÓGICA que puede otorgar el Instituto Nacional de Semillas.  A pesar de que en su Artículo 3 dice que se prohíben las semillas transgénicas, deja ABIERTA LA PUERTA cuando dice que el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS puede otorgar CERTIFICADOS DE INOCUIDAD BIOLÓGICA para ORGANISMOS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS, es decir TRANSGÉNICOS. En ningún documento legal se habla de transgénicos, en términos legales se usa el término ORGANISMOS O SEMILLAS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS, esta confusión genera un vació legal favorable para la legalización de las semillas transgénicas

4 No  define formas claras de participación popular ni contraloría social. Sólo se reconoce al Instituto Nacional de Semillas como ente rector,pero no se menciona nunca a las COMUNAS ni el Poder Popular con claridad y cual es su participación en todos los ámbitos que aborda la ley.


Adjuntamos los artículos señalados en el texto









 



POR UNA LEY DE SEMILLAS REVOLUCIONARIA!!
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